BASES DEL CONCURSO: DISFRACES CLÁSICOS DE HALLOWEEN UNIVERSAL
1. Concurso de ámbito nacional en el que podrán participar personas a título individual organizado por NBC Universal Global Networks España S.L.U. y limitado a los asistentes que acrediten la obtención de la entrada gratuita para el ciclo de películas Clásicos de Terror Universal que se proyectara en los cines Kinépolis de Madrid (Calle de Edgar Neville S/N, 28223 Pozuelo De Alarcón), el sábado 31 de octubre a partir de las 20:30 horas.
2. Las entradas se repartirán a partir del lunes 26 de octubre en las propias taquillas de los cines Kinépolis de Madrid y su número está limitado por el aforo total de la sala del cine.
3. Para participar, el concursante deberá completar un documento con su nombre, apellido y firma como aceptación de las bases y dejarse fotografiar con el disfraz el día 31 de octubre de 2009 a partir de las 20:00 hrs, y hasta antes del comienzo de la primera sesión del ciclo de proyección, que dará lugar a las 20:30 hrs.
4. Las categorías de participación son los siguientes:
4.1. Frankenstein o bien Novia de Frankenstein
4.2. Drácula o bien Vampiresa
4.3. Hombre Lobo o bien Mujer Loba
5. Podrán participar en el Concurso los mayores de dieciocho (18) años y los menores que cuenten con la debida autorización de sus tutores legales.
6. Un Jurado formado por personas vinculadas al canal Calle 13 seleccionará los mejores disfraces y otorgará un premio único para cada una de las categorías, otorgando un total de 3 premios.
7. El premio único por categoría que se ha de otorgar es el siguiente: Televisor LCD 32 TOSHIBA 32RV635DG HDTV FULL HD La valoración total de los tres televisores (uno por categoría) es de 1.638,31 euros más IVA. Precio total: 1.900,44 euros. Los premios no podrán ser canjeables por dinero ni por ningún otro objeto de valor superior, inferior o similar.
8. NBC Universal Global Networks España, S.L.U. mediante su marca Calle 13, podrá divulgar, reproducir, distribuir y comunicar públicamente las fotos realizadas a los participantes de la promoción, así como secuencias de vídeo o fragmentos, imágenes, fotogramas, fotografías o elementos sonoros de las mismas, con la facultad de cesión a terceros hasta su paso a dominio público en todo el territorio mundial en cualquier formato o soporte y por cualquier sistema, procedimiento o modalidad, con carácter gratuito o mediante contraprestación, comprendiendo, entre otros, los derechos y formas de explotación que se citan a continuación:
a) Explotación en Televisión, esto es, el derecho a transmitir, difundir y exhibir las obras a través de televisión gratuita y de televisión codificada, ya sea transmitida por vía terrestre, por cable, por satélite, por redes de telefonía fija o móvil o por cualquier otro medio.
b) Explotación On-line, esto es, el derecho a distribuir las obras por medio de redes de ordenadores integradas mediante la utilización de cualquier protocolo como “Internet”, TCP/IP, tecnologías xDSL, o cualquier tecnología sucesora o similar utilizada para acceder a dichas redes de ordenadores para visualizar la obra.
c) Explotación mediante Pago por Visión, esto es, la difusión de las obras a un consumidor por vía telefónica, por satélite, por cable o por otro tipo de redes, por el espectro radioeléctrico, y/o a través de la Explotación On-line, cobrándose a dicho consumidor un importe por seleccionar la obra para su ejecución en alguno de los distintos momentos predeterminados por el difusor.
d) Explotación mediante Video on Demand, esto es, el derecho a difundir las obras mediante formatos de “video-on-demand” (“VOD”), incluyendo, la transmisión de las obras a un consumidor por vía telefónica, por tecnología xDSL, por satélite, por cable o hilo de cualquier tipo o a través de otro tipo de redes, por el espectro radioeléctrico, y/o mediante su Explotación On-line, para su visualización por consumidores en sus hogares, o cualquier otra forma de transmisión dirigida individualmente, respecto de la que se cobra un canon por programa al consumidor que selecciona la obra para su visualización en el momento que éste determine.
e) Explotación en Vídeo, esto es, la posibilidad de producir y/o autorizar la producción de soportes que contengan copias de la obra y explotar y distribuir dichos soportes para su visualización por consumidores en sistemas de Vídeo de tal modo que el momento y frecuencia de visualización puedan ser controlados libremente por dicho consumidor.
9. Los datos de carácter personal facilitados al efecto de poder participar en el Concurso, serán objeto de tratamiento e incorporados al correspondiente fichero de titularidad de la Organización del Concurso, todo ello con sujeción a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. La recogida y tratamiento de los datos personales tiene como finalidad la gestión de los participantes en el Concurso, así como el envío a dichos participantes de información acerca de otras actividades y concursos que la Organización del Concurso pueda organizar en el futuro. Los participantes del Concurso autorizan de forma irrevocable y gratuita a la Organización del Concurso para hacer uso de su imagen, en cualquier publicidad o aviso que se realice a través de cualquier medio escrito o audiovisual, ya sea en cuanto a su nombre como a la recepción de los premios. Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en relación con los datos recabados con ocasión del Concurso, el interesado deberá dirigirse por correo a la dirección abajo indicada en el punto 11. La participación en la promoción conlleva la aceptación de las citadas bases y el compromiso del participante de no retirarse del Concurso.